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 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de Relaciones con el extranjero >> Agencia Consular de Estados Unidos en A Coruña

Agencia Consular de Estados Unidos en A Coruña

DIRECCION

Calle Juana de Vega 8, 5º Izda.. 15003 A Coruña
Teléfono: 981 213 233
Fax: 981 228 808
Correo electrónico: acorunacons@telefonica.net

- Sección Cultural e Informativa

Prensa
Teléfono: +34 91587-2510

Sección Cultural
Teléfono: +34 91587-2505

Centro de Recursos Informativos
Teléfono: +34 91587-2528

HORARIO

Lunes a Viernes: 10.00 a 13.00 horas

DESCRIPCION

La Misión Diplomática de Estados Unidos en España comprende la Embajada Norteamericana en Madrid y el Consulado General de los Estados Unidos en Barcelona.

Las numerosas agencias del Gobierno de Estados Unidos que la constituyen trabajan conjuntamente con el fin de promocionar los intereses norteamericanos y fomentar las relaciones entre los gobiernos y los pueblos estadounidense y español.

También se encargan de las relaciones norteamericanas con España; tienen un programa activo de diplomacia pública; ofrecen servicios consulares a los ciudadanos estadounidenses y servicios de visado a los ciudadanos de otros países que quieran visitar EE.UU. o cumplan las condiciones para emigrar a EE.UU., y promueven el comercio y las inversiones entre nuestros dos países.


Colaboran con sus homólogos españoles para proteger los intereses comunes -políticos, económicos y de seguridad- a través de organizaciones multilaterales entre las que figuran la OTAN, Naciones Unidas, y muchos otros organismos importantes. Cooperan estrechamente con el Gobierno español en cuestiones como Bosnia, Oriente Próximo o la seguridad europea.

Los funcionarios del Departamento de Estado supervisan los asuntos diplomáticos tradicionales proporcionando servicios consulares en Madrid y Barcelona.

Los representantes de la Consejería Comercial en Madrid están a disposición de los exportadores estadounidenses que quieran aumentar su actividad en el mercado español; y los funcionarios del Servicio Exterior Agrario de la Embajada en Madrid ofrecen servicios similares a sus clientes.


Las oficinas de la Sección Cultural e Informativa de los Estados Unidos en Madrid y Barcelona se encargan de responder a las preguntas de los ciudadanos y la prensa sobre todos los aspectos de EE.UU. esforzándose en fomentar la comprensión mutua a través del intercambio de personas e ideas y de programas culturales y educativos.

El Centro de Recursos Informativos ofrece servicios de referencia y documentación a través de los medios impresos y electrónicos.

FUNCIONARIOS PRINCIPALES

Luis G. Moreno
Ministro Consejero

Kate Byrnes
Consejera de Cultura, Educación y Prensa

Amy Tachco
Consejera para Asuntos Políticos

Robert Hanson
Consejero para Asuntos Agrícolas

Joseph Forcier
Consejero para Asuntos Regionales

Kimberly J. Deblauw
Consejero Administrativo

Robert Jones
Consejero Comercial

Stephen M. Liston
Consejero Económico

Kathleen M. Hennessey
Consejera para Asuntos Consulares

Capt. Scott Gage
Agregado de Defensa y Naval

ASUNTOS CONSULARES

Aclaraciones:


* De noche, en fin de semanas, y en fiestas españolas y americanas, la Embajada permanece cerrada y ninguna visa o pasaportes serán emitidos, excepto en raras y urgentes situaciones.

* Si la persona tiene una emergencia real fuera de las horas de oficina, puede llamar a la Embajada al 91587-2200 desde cualquier parte de España, o al (34) 91587-2200 desde fuera de España, pidiendo hablar con el oficial de servicio.


* En la actualidad, la Sección Consular no recibe peticiones por correo electrónico.


- Visado de No Inmigrante

Como consecuencia de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, el Departamento de Estado, junto con otras agencias del Gobierno de los Estados Unidos, realiza una revisión de los procedimientos de concesión de visados, ya que están directamente relacionados con la seguridad de su nación.


Las solicitudes de visado son actualmente sometidas a un examen más exhaustivo que en el pasado, esto hace que, en determinados casos, la tramitación puede tardar más de lo habitual.


Los funcionarios consulares buscan ofrecer un servicio lo más eficiente y rápido posible pero su primera responsabilidad consiste en aplicar las leyes establecidas y garantizar la seguridad de los Estados Unidos y de sus habitantes.

Esta responsabilidad prevalecer  sobre cualquier otra consideración relativa a la concesión de un visado.

Algunas solicitudes de visado se verán afectadas por procedimientos especiales de seguridad.

El objetivo de la embajada es garantizar la seguridad dentro de un sistema que satisfaga las necesidades de todas las personas que deseen visitar los Estados Unidos; sin embargo, seguirán produciéndose retrasos en la tramitación de visados debido a la necesaria coordinación de los sistemas informáticos entre las distintas agencias gubernamentales.

Por estos motivos, seguirá siendo difícil prever el tiempo necesario para la obtención de un visado, mientras se perfeccionan los nuevos procedimientos.

Los solicitantes de visados afectados serán informados de los requisitos adicionales al presentar su solicitud,  y deberán tener en cuenta periodos de espera de entre seis y ocho semanas o más, antes de que se les pueda conceder el visado.


Recomendaciones:

Para tratar de agilizar la entrada de los solicitantes de visados de no inmigrante, se pide que los solicitantes no lleguen con mas de 15 minutos de antelación a la hora de su cita.

No se permitirá la entrada a la sección consular a los solicitantes que no traigan los formularios de solicitud cumplimentados en línea y el recibo del Banco de Santander (BS). Muchas gracias por su colaboración y comprensión.


Limitación de equipaje personal: Los recientes sucesos terroristas en el mundo han hecho necesario restringir el acceso de equipaje, mochilas, o bolsos de mano a la Sección Consular de la Embajada.

Por ese motivo no se permitira entrar con estas pertenencias en la Embajada: el guarda tiene instrucciones de no permitir el acceso con alguno de los objetos mencionados al menos que haya una emergencia excepcional o medica y que este autorizada por el oficial consular o el jefe de seguridad de la embajada.

- Visado de inmigrante

Desde el día 1 de Febrero del 2013 todas las personas que obtengan un visado de inmigrante en el extranjero deberán pagar una tasa de inmigración al USCIS de 165.00 (ciento sesenta y cinco) dólares antes de viajar a los Estados Unidos.


Serán exentos del pago de la nueva tasa: los futuros (potenciales) padres adoptivos cuyo(s) hijo(s) vaya(n) a entrar en los Estados Unidos bajo el Proceso de Orfandad o de la Haya, inmigrantes especiales iraquíes o afganos empleados por el gobierno de los Estados Unidos, residentes de retorno, y aquellos que obtengan visados K.

¿Qué es un visado de inmigrante o residente permanente?

Toda persona que desea residir permanentemente en Estados Unidos, tanto si piensa trabajar allí como si no, necesita un visado de inmigrante.


El visado de inmigrante es el documento expedido por un oficial consular estadounidense en el extranjero que permite al solicitante viajar a los Estados Unidos y solicitar su admisión como residente legal permanente.

¿Cómo solicitar un visado de inmigrante?

Como norma general, la Ley de Inmigración y Ciudadanía, permite la inmigración de extranjeros a los Estados Unidos basándose en el parentesco con un ciudadano estadounidense o residente legal o patrocinado por un futuro empleador.

Hay dos categorías de visados de inmigrantes basados en la relación familiar: No limitada y limitada.

* Inmigrantes no limitados basados en su parentesco directo con un ciudadano estadounidense son: el cónyuge, viudo/a, hijo/a soltero/a menor de 21 años y padres de un ciudadano estadounidense de 21 años o más.

* Inmigrantes limitados basados en su parentesco con un ciudadano estadounidense son:

Primera Preferencia (F1): Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijos menores si los hubiera.

Segunda Preferencia (F2): Cónyuges, hijos menores de 21 años e hijos solteros mayores de 21 años.

Tercera Preferencia (F3):
Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges e hijos.

Cuarta Preferencia (F4): Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando el ciudadano estadounidense tenga al menos 21 años.

* Inmigrantes Basados en el Parentesco

* Inmigrantes Basados en un Empleo


Información telefónica:


A partir del 1 de mayo de 2011, la Embajada en Madrid no acepta llamadas de teléfono con consultas sobre Visados de Inmigrante.

Para información general, llamar al 807 488 472; si llaman desde España o Andorra. (011) 49 9131 772 2087 si llaman desde los Estados Unidos, Código internacional + 49 9131 772 2087 desde cualquier otro país.

Este servicio está disponible de 8:30 a 5:30, hora Española, de lunes a viernes.

Para llamadas desde España, el coste es 1,16 euros por minute si llama desde un teléfono fijo y 1,51 se llama desde un móvil, incluyendo impuestos y todos los gastos. Las llamadas internacionales cuestan 10 euros que se pueden cargar a tarjeta Visa o MasterCard.

En  ambos casos, los primeros 20 segundos de la llamada son gratis.


Si su caso de visado de inmigrante ya está en la oficina en Madrid, debe hacer su consulta en ivmadrid@state.gov.

Todas las consultas sobre Visados de No-Inmigrante se deben dirigir al 807 488 472.

Preguntas generales sobre visados:
 
   202-663-1225

OPORTUNIDADES DE EMPLEO

- Ciudadanos de EE.UU.

La mayoría de los norteamericanos que trabajan en la embajada y en el consulado son empleados fijos de agencias en los EE.UU., las cuales los asignan desde Washington por períodos de dos a cuatro años: los oficiales del Servicio Exterior y el personal del Departamento de Estado, de Comercio, de Agricultura, y de la Sección Cultural e Informativa de los EE.UU.; oficiales del FBI y DEA, etc.

Para saber más sobre una carrera en el Servicio Exterior, puede visitarse la página sobre carreras del Departamento de Estado, o escribir a:

Recruitment Division (SA-15, 7314)
Bureau of Human Resources
Department of State
Washington, DC 20520


El Departamento de Estado subvenciona prácticas para que estudiantes norteamericanos altamente cualificados tanto de primer y segundo ciclo como para graduados tengan la oportunidad de obtener un conocimiento directo de las agencias americanas de asuntos exteriores trabajando en una embajada.


Para mayor información, visitar la página de prácticas del Departamento de Estado o escriba a:


Intern Coordinator
U.S. Department of State
P.O. Box 9317
Arlington, VA 22219


Para buscar otras oportunidades de empleo permanente con el Gobierno Federal, el interesado debería escribir directamente a la agencia en la cual esté interesado.

Puede encontrarse más información sobre agencias y departamentos federales a través de nuestra página de Datos Básicos, especialmente bajo el Gabinete y Otras Agencias.


La mayoría del personal local empleado en la Embajada son ciudadanos españoles, pero los norteamericanos que son residentes en España y tienen un permiso de trabajo pueden también solicitar un empleo enviando una Solicitud para Empleos Federales (SF-171), la cual está disponible en la embajada, o un curriculum vitae con una carta adjunta, a una de las siguientes direcciones:

(desde los EE.UU.)
American Embassy, Madrid
Office of Human Resources
PSC 61 Box 26
APO AE 09642

(desde España)
Embajada de los EE.UU., Madrid
Oficina de Recursos Humanos
c/ Serrano, 75
28006 Madrid

- Ciudadanos de España y Otros Países

Los españoles y residentes legales en España que estén interesados en trabajar en la Embajada de EE.UU. o en el Consulado General deben enviar un curriculum vitae con una carta de introducción a:

Embajada de EE.UU.
Departamento de Recursos Humanos
c/ Serrano, 75
28006 Madrid


* El Departamento de Estado promueve la igualdad de oportunidades:


La política del Departamento de Estado en materia de empleo establece la no discriminación entre sus empleados o solicitantes de empleo respecto a raza, color, religión, sexo, origen, minusvalía, edad u orientación sexual. 

La Representación de los Estados Unidos de América en España se atiene enteramente a estas disposiciones legales y procura asegurar que todos sus procesos de selección se realicen en consonancia con esta política.

* Declaración de la Representación de los Estados Unidos de América en España sobre política de contratación:

Se selecciona a los empleados en base a sus cualificaciones, incluyendo formación académica, experiencia laboral, especialización y otros requisitos necesarios para realizar las tareas del puesto anunciado.


A todas las vacantes se les da una amplia difusión interna a través del correo electrónico de la Embajada y de su página web de Intranet. Asimismo, todas las vacantes se anuncian en la página web de la embajada.

Los anuncios de vacantes comprenden:

    Categorías relevantes de empleo.
    Descripción de tareas, responsabilidades y cualificaciones.
    Criterios de selección.
    Requisitos sobre permisos de trabajo/residencia.
    Procedimiento de solicitud.
    Información sobre los puntos de contacto en la Embajada.
    Requisitos de seguridad y/o médicos.
    Fechas de convocatoria.

Debido a la gran cantidad de solicitudes, no es posible dar repuesta individualmente. Sólo los solicitantes que hayan sido convocados para una entrevista personal serán notificados de la situación de su solicitud.

Las ofertas de empleo son condicionales: al ser contratados, se requiere que los empleados pasen un período de prueba de seis meses. Durante este período, el empleado ha de demostrar sus cualificaciones e idoneidad general para el puesto que le ha sido asignado. Durante el período de prueba, la contratación puede ser anulada en cualquier momento.

* Empleos en España para norteamericanos

Para trabajar en España, los ciudadanos norteamericanos debe tener los papeles de trabajo en regla. Para información
sobre el procedimiento adecuado, por favor, escriba a:

Embajada de España
2375 Pennsylvania Ave., NW
Washington, DC 20037


DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACION Y PRENSA

El personal diplomático y local del Departamento de Cultura, Educación y Prensa de la Embajada de Estados Unidos y del Consulado promueve y explica la política y las actividades del gobierno de Estados Unidos y los valores y la cultura del pueblo norteamericano.


El personal trabaja estrechamente con funcionarios españoles en los ámbitos nacional, autonómico y local, y con instituciones y organizaciones privadas que conforman la sociedad civil española para fortalecer los vínculos institucionales, educativos y culturales entre el pueblo estadounidense y el español.

También desarrolla nuevas áreas de cooperación en ámbitos de interés mutuo como el antiterrorismo, la aplicación de la ley, el comercio, la seguridad energética, la conservación del medio ambiente y el respeto de la diversidad y los derechos humanos.


Entre las tareas del Departamento de Cultura, Educación y Prensa se encuentra la organización de actividades tales como intercambios académicos, profesionales y juveniles, difusión de información, conferencias y mesas redondas con participantes estadounidenses, y programas culturales.


Asimismo, la Sección de Cultura, Educación y Prensa es la responsable de las relaciones entre la Embajada y los medios de comunicación escrita y audiovisual nacionales e internacionales y de la página web de la Embajada.

 
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