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DIRECCION
Calle San Andrés 162, 3º. 15003 A Coruña Teléfono: 981 989 543 Fax: 981 989 542
HORARIO
Lunes a Viernes: 09.00 a 14.00 horas
DESCRIPCION
Se encarga de la dirección y control de Entidades Gestoras y de la Tesorería General de la Seguridad Social; impulsa y dirige la ordenación jurídica del Sistema; planifica y coordina las prestaciones sociales; tutela y controla la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, Empresas Colaboradoras y Fundaciones Laborales complementarias de la acción de la Seguridad Social y representa al Departamento por delegación expresa del Ministro.
OFICINA DE INFORMACIÓN SOCIO-LABORAL
Dirección: Avenida Cánovas del Castillo nº 18, C.P. 36202 Vigo.
Teléfono: 986 430 629
Fax: 986 438 455
Horario: lunes a viernes de 09:00 h. a 14:00 h.
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Dirección: Calle Gaiteira nº 54-56
Teléfono: 981 120 267
Fax: 981 122 082
Mail: acoruna@mtin.es
Web: www.empleo.gob.es/itss
Horario: lunes a viernes de 09:00 h. a 14:00 h.
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA)
Dirección: Calle Alfredo Vicenti nº32, Piso 1ºB C.P. 15004 A Coruña
Teléfono: 981 222 208
Fax: 981 202 686
Mail: scfogasa@mtin.es
Web: www.empleo.gob.es/fogasa
Horario: lunes a viernes de 09:00 h. a 14:00 h.
Definición: Fogasa es un organismo autónomo que garantiza a los trabajadores una percepción de salarios e indemnizaciones por extinción de la relación laboral, quiebra e insolvencia empresarial así declarada.
Solicitud:
El procedimiento de solicitud de prestación al Fogasa podrá iniciarse de oficio por acuerdo de la Secretaría General o de la Unidad administrativa periférica correspondiente, o bien a instancia de los interesados.
Normativa:
Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, publicado en el BOE nº 92 del 17 de abril de 1985.
Orden de 20 de agosto de 1985 por la que se desarrolla el artículo 32 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre conclusión de acuerdos de devolución de las cantidades satisfechas por el Fondo de Garantía Salarial, publicada en el BOE nº 206 del 28 de agosto de 1985.
Real Decreto 372/2001, de 6 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, publicado en el BOE nº 84 del 7 de abril de 2001.
Resolución de 3 de abril de 2008, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueba el modelo de impreso de solicitud de prestaciones, según lo establecido en el artítulo 24.2 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, publicada en el BOE nº 102 del 28 de abril de 2008.
SECCIÓN DE EMIGRACIÓN DEL ÁREA DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Dirección: Calle San Andrés nº162, Piso 3º C.P. 15003 A Coruña
Teléfono: 981 989 543 - 981 989 532 - 981 989 533 - 981 989 534
Fax: 981 989 542
Mail: trabajo.acoruna@ap.mpr.es
Web: www.empleo.gob.es
Servicios:
Tramitación del alta en la seguridad social del emigrante o familiares tanto en régimen especial de mar como de tierra.
Asistencia y ayudas a los emigrantes retornados.
Tramitación de certificados de emigrantes retornados.
Asistencia sanitaria para trabajadores españoles en el exterior (en países que no tengan convenio con España).
Tramitación de documentos para emigrar.
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