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 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de Relaciones con el extranjero >> Consulado General de Panamá en A Coruña

Consulado General de Panamá en A Coruña

HORARIO

Cantón Pequeño 6, 6º A.
15003 A Coruña
Teléfono: 981 274 044
Fax: 981 251 542
Correo electrónico: panaconsulcoru@mundo-r.com

DESCRIPCION

La Embajada de Panamá en el Reino de España es la encargada de representar a la misión diplomática permanente de Panamá y es, sin duda alguna, una de las más importantes por las relaciones históricas y culturales que unen a los dos pueblos.  

Su relevancia aumentó en las últimas décadas, aún más, por la fuerte presencia de importantes grupos empresariales españoles en Panamá.

La función principal de toda misión diplomática es velar y proteger los intereses de su país y de sus nacionales en el país receptor, respetando los límites permitidos por las leyes internacionales, y promoviendo las relaciones económicas, culturales, políticas y científicas entre los dos estados.

La Misión Diplomática posee diferentes secciones para ayudar a la promoción de Panamá en España, incluyendo:

- Sección Consular:

Da asistencia a aquellos panameños que residen de manera permanente en el Reino de España o que se encuentren en tránsito por su territorio o estudiando, tomando la responsabilidad de atender las renovaciones de Pasaportes vencidos o extraviados, la solicitud de Visas de Turismo, la expedición de Certificaciones, salvoconductos, así como de la inscripción de los matrimonios, nacimientos y defunciones, de nacionales panameños ocurridos en el Reino de España, entre otras.

- Sección de Turismo:

Se encarga de promover los atractivos de Panamá como destino turístico para viajeros españoles que quieren conocer este país. Procura informar a inversionistas españoles sobre las ventajas de establecerse en Panamá y de los incentivos que otorga el gobierno en la industria turística mediante acuerdos con tour operadores, aerolíneas, ferias y presentaciones. Finalmente, coordina con la Agencia Centroamericana de Turismo (CATA) los esfuerzos de promoción de Panamá como parte de la oferta multi-destino de Centroamérica.

- Sección Comercial:

Su objetivo es promover exitosamente la inversión extranjera en Panamá mediante presentaciones a cámaras de comercio, a empresas y atendiendo a empresarios e inversionistas que buscan oportunidades de negocios en nuestros país. La globalización y las excelentes perspectivas económicas de Panamá en los últimos veinte años han convertido a esta sección en una de las principales y de las más activas de la misión panameña en España.

- Sección Cultural:

Se encarga del intercambio cultural y educativo como medio de fortalecimiento de los lazos históricos entre ambos países. A través de exposiciones de artistas tradicionales y contemporáneos en las diversas artes y de la exposición de muestras del folklore y la cultura panameña se busca  estrechar los lazos entre ambas poblaciones.

- Sección de Cooperación Internacional:

Trata de obtener acuerdos de cooperación económica, tecnológica, cultural y de transferencia de conocimientos con el fin de llenar necesidades apremiantes en nuestro país mediante la promoción de acuerdos entre entidades, la obtención de becas, donaciones, subvenciones, capacitación, entre otras.

TRAMITES CONSULARES

- INSCRIPCIONES CONSULARES


Todos los panameños, sean residentes o estudiantes en España, deben inscribirse en el consulado correspondiente a su Comunidad Autónoma de Residencia, ya que de esta forma el consulado los tendrá en la base de datos y así se les podrá informar sobre eventos de la embajada o urgencias en Panamá o de familiares.

Esta inscripción es gratuita, debe ser realizada personalmente y llevar el pasaporte (no se admiten fotocopias) como identificación.

- REQUISITOS DE ENTRADA EN ESPAÑA PARA LOS PANAMEÑOS


Los panameños no necesitan visa para entrar en España como turistas hasta un máximo de 90 días.

Hay dos opciones de entrada:

* Con “Carta de Invitación”:
El que invita se hace responsable durante la estancia en España del panameño. Debe ser español o residente legal en España. Debe ir a la Comisaría que le corresponde a su domicilio para solicitarla. Se debe hacer con bastante tiempo de antelación y cuesta unos 150 Euros.

* El panameño que venga sin carta de invitación debe tener el Hotel pagado durante todo el tiempo de estancia en España, además debe traer “en efectivo” 50 Euros por cada día que vaya a estar en España, no valen tarjetas de crédito.

Los panameños que no cumplan con alguno de los dos requisitos, corren el riesgo de ser inadmitidos en España.

- SERVICIOS CONSULARES DE PANAMÁ EN ESPAÑA

Servicios Consulares:

* Expedición de pasaportes.


* Salvoconductos: para viajar directamente a Panamá con escala de menos de 12 horas. (Estados Unidos no acepta este documento).

* Inscripción Consular

* Inscripciones de Nacimientos, Matrimonios
(entre nacionales panameños) y Defunciones.

* Solicitud de Récord Policivo o Antecedentes Penales: Los interesados deben traer a la Sección Consular su cédula o pasaporte panameño. Una vez solicitado el record policivo, Panamá tarda una semana en expedir el documento, el cual debe ser retirado en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores arriba del Banco Nacional de Sun Tower, el Dorado.

* Autenticaciones de firma, solo sí son:


Poderes firmados al momento de la autenticación. (Frente al cónsul)

Documentos notariados y sellados por Consejo Superior de Cámaras

Documentos del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Español


* Repatriación: es un proceso prolongado.

* Fe de Vida

Servicios que no se brindan en el Consulado:

    Tramitación de viajes turísticos.
    Búsqueda de trabajo en el extranjero.
    Tramitación de estudios en España o Panamá.
    Garantía de tratamiento especial en cárceles u hospitales.
    Asesoría jurídica.
    Garantía de agilización de trámites en Panamá.

Se recomienda a los ciudadanos españoles contactar con la Embajada de España en Panamá para solventar dudas sobre gestiones que deseen realizar en Panamá.

- VISAS ESTAMPADAS Y AUTORIZADAS

Los españoles o personas con carnet de residentes vigentes antes, durante y a la salida, el no necesitan Visa para Panamá, sólo el pasaporte en vigor por más de 6 meses, carta de solvencia bancaria (expedida por su banco) y el billete de avión de regreso o de salida a un tercer país.

Como turistas pueden permanecer 30 días y en Migración pueden extender su estadía por 60 días más, lo que da un total de 3 meses.

Los ciudadanos extranjeros que tengan Tarjeta de Residencia de España o de cualquier otro país de la Comunidad Europea o Visa de Estados Unidos, Canadá o Reino Unido, en vigor, no necesitan Visa para viajar a Panamá. Deberán comprar una Tarjeta de Turismo por valor de 30 dólares en el aeropuerto de Panamá.

 
Requisitos nesesarios para solicitar Visa para Panamá:

Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajo independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada.

Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago, en caso de tratarse de una persona pensionada o jubilada.

Referencia bancaria, si se trata de un comerciante.

Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica, si se trata de una persona económicamente dependiente.

Completar el formulario de solicitud de visa (descargar el Formulario para Visa de Turista)

En caso de ser menor de edad, completar el formulario de solicitud de visas.

Residencia española.

Comprobación de estadía en Panamá, como la reservación de hotel confirmada, (si procede) o un acarta, con copia de la cédula, de una persona que se hace responsable en Panamá.

Billete o reserva de avión de ida y regreso.

Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus padres o quien tenga la guarda y crianza debidamente acreditada (Presentando certificado de nacimiento y declaración jurada donde el solicitante le otorgue autorización para salir del país, detallando el término de la visita y la persona que se hará responsable durante su estadía en nuestro país, así como la fuente de sustento económico para sufragar sus gastos)

Visado de Turista

Estas visas no necesitan autorización por parte del Servicio Nacional de Migración de la República de Panamá, el solicitante debe tener el boleto de avión de ida y vuelta, para realizar la solicitud

Costo: 82 euros

Tiempo para Emisión: 30 (treinta días)

Tiempo de Entrega: Se dan de un día para otro.

Visado de Turista Autorizado

Para aquellos países que necesitan autorización del Servicio Nacional de Migración de Panamá, el solicitante debe tener la reserva del vuelo de avión de ida y vuelta, para realizar la solicitud.

Costo: 82 euros

Tiempo Emisión: 1 a 3 dias

Tiempo de Entrega:
El Servicio Nacional de Migración de Panamá suele tardar entre 1 a 2 meses en autorizarlos. Una vez autorizado el visado, el interesado debe venir con el boleto de avión comprado para ponerle el visado.

ACLARACION:

Los ciudadanos que posean visa de turismo vigente o residencia únicamente de:

        Estados Unidos
        Canadá
        Australia
        Reino Unido
        Países de la Unión Europea
        Países miembros del espacio Schengen


Que haya sido utilizada al menos una vez, no necesitarán visado de turista para entrar a Panamá.

- RENOVACION DE PASAPORTES

Licda. Carmen Bernardez (Directora)
Virginia Pino (Encargada Pasaportes en el Exterior)
Dirección Nacional de Pasaportes: Vía España, Plaza Concordia, oficinas A 114, 115 y 116.

Telefono:
512-2190

El trámite de la renovación de pasaportes, puede tomar 3 meses o más, le rogamos tener esto en cuenta para sus trámites personales, ya que no se acelerar el proceso.


Los interesados deben ir personalmente a la Sección Consular presentando los siguientes documentos:


- Mayores de Edad:

Pasaporte vencido o seis meses antes de vencerse. Si se ha extraviado, denuncia de la pérdida del pasaporte ante una comisaría española.

4 fotos tamaño carnet con fondo blanco, camisa con mangas y los hombres sin aretes ni piercings.

Cédula:
Si se renueva el pasaporte con la cédula vencida, el siguiente pasaporte no se podrá expedir, hasta renovar la cédula.
        Si el pasaporte está en vigor hay que hacer una anulación de pasaporte, cuyo coste es de 4.00 Balboas.
        El pago de 54.00 Balboas, deberá ser hecho por una persona en Panamá en la Dirección Nacional de Pasaportes en Vía España, Plaza Concordia, Oficinas A-114, A-115 y A-116.
        La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento a Madrid.

Menores de Edad:


     Pasaporte vencido o seis meses antes de vencerse. Si se ha extraviado, denuncia de la pérdida del pasaporte ante una comisaría española.
        4 fotos tamaño carnet con fondo blanco, camisa con mangas y los hombres sin aretes ni piercings.
        Original del Certificado de Nacimiento
        Cédula o Documento de Identidad del padre y de la madre
        Autorización de Expedición de Pasaporte firmada por el padre y por la madre.
        La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento a Madrid.
        El pago de 54.00 Balboas, deberá ser hecho por una persona en Panamá en la Dirección Nacional de Pasaportes en Vía España, Plaza Concordia, Oficinas A-114, A-115 y A-116.
        Si es mayor de 13 años, los menores deberán firmar las solicitudes de pasaportes y presentar carnet con foto y firma.

Los Jubilados pagan 25.00 Balboas por los pasaportes.

NOTA:

* Son 54.00 balboas si el pasaporte esta vencido.

* Son 58.00 balboas si el pasaporte aun está vigente y próximo a expirar:

DESGLOCE

54.00 balboas por el pasaporte

4.00 balboas por la anulación del pasaporte antiguo.

1.00 balboa equivale a 1.00 dólar americano

La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento.

- SALVOCONDUCTOS

Los Salvoconductos se expiden a las personas que desean regresar a Panamá, a las que se les ha vencido el pasaporte, lo han extraviado o se lo han robado y por alguna razón no pueden renovar su pasaporte.

No son válidos para regresar vía Estados Unidos, ya que este país no los admite.

Tampoco son válidos para hacer escalas en otros países por más de 12 horas.

El interesado se debe presentar en el Consulado, tras lo cual éste debe pedir autorización a la Dirección Nacional de Pasaportes quien, autoriza el salvoconducto con un número de documentación. Este trámite tarda aproximadamente 2 días.

El interesado debe contactar a una persona en Panamá, quien deberá pagar los gastos de 20 Balboas en la Dirección Nacional de Pasaportes en Panamá y el interesado deberá presentar el recibo del pago en el Consulado junto con una foto para la expedición del Salvoconducto.

Si es un pasaporte extraviado, hay que adjuntar la Denuncia de la pérdida o del robo . La Denuncia debe ser expedida por la policía española.

- CERTIFICACIONES

La mayoría de los certificados que se expiden son de Inscripción Consular. Este es para los panameños que solicitan la nacionalidad española. SON GRATUITOS.

El Consulado no expide Certificados de “NO RESIDENCIA”.

Estos, los expide la Comisaría de Policía de la Calle General Pardiñas 90.Teléfono para citas previas: 91-322-3400. El interesado debe rellenar un formulario:

http://www.mpt.es/servicios/servicios_on_line/extranjeria/modelos_oficiales_solicitudes/ex13/document_es/ex13.pdf
Récord Policivo

Los panameños pueden solicitar el Récord policivo a través de la Sección Consular. Deben presentarse personalmente con su pasaporte para rellenar y firmar el formulario correspondiente. Esta solicitud se envía por fax al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá, y un familiar deberá ir personalmente a pagar los gastos del documento y a retirarlo, para enviárselo al interesado personalmente.

Fe de vida

La Fe de Vida se expide a los jubilados y pensionados por el Seguro Social de Panamá. El interesado debe presentarse en la Embajada con su cédula y/o el carnet del Seguro Social.

ES GRATUITA.

 
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