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 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de Relaciones con el extranjero >> Consulado Honorario de Panamá en Vigo

Consulado Honorario de Panamá en Vigo

DIRECCION

Calle Doctor Cadaval 39, Bj.
36202 Vigo, Pontevedra
Teléfono: 986 418 465
Fax: 986 418 465

HORARIO


Lunes a Viernes: 10.00 a 13.30 horas

DESCRIPCION

Brinda asistencia a aquellos panameños que residen de manera permanente en el Reino de España o que se encuentren en tránsito por su territorio.

También es la responsable de atender las renovaciones de Pasaportes vencidos o extraviados, la solicitud de Visas de Turismo, la expedición de Certificaciones, salvoconductos, la inscripción de los matrimonios, nacimientos y defunciones, de nacionales panameños ocurridos en el Reino de España.

Todos los panameños que piensen residir en España por más de seis (6) meses deben inscribirse en el Consulado más cercano que le corresponde a su jurisdicción.

Es indispensable solicitar cita previa para:

* Visados

* Inscripciones de Nacimiento

* Legalizaciones (Autentificación de Firma)

* Renovación de Pasaportes

* Salvoconductos

* Certificaciones


REQUISITOS DE ENTRADA EN ESPAÑA PARA LOS PANAMEÑOS


Los panameños no necesitan visa para entrar en España como turistas hasta un máximo de noventa (90) días. Existen dos opciones de entrada:

1. Con “Carta de Invitación”: la persona que invita se hace responsable durante la estancia en España del panameño.

Debe ser español o residente legal en España.

Esta Carta de Invitación se obtiene en la Comisaría que le corresponde a su domicilio. Se debe hacer con suficiente tiempo de antelación y cuesta unos 250 Euros.

2. El panameño que venga sin carta de invitación
debe tener el Hotel pagado durante todo el tiempo de estancia en España y además debe traer “en efectivo” 50 Euros por cada día que vaya a estar en España, España no acepta tarjetas de crédito como dinero en efectivo.

Los panameños que no cumplan con alguno de los dos requisitos, corren el riesgo de ser deportados de España.

TRAMITES EN CONSULADOS

- INSCRIPCIONES CONSULARES


A todos los panameños, residentes y estudiantes en España, se les pide que se inscriban en el consulado correspondiente a su Comunidad Autónoma de Residencia, ya que de esta forma puede tenerlos en su base de datos y así se les podrá informar sobre eventos de la embajada, urgencias en Panamá o de familiares y si se necesita en alguna ocasión la participación de panameños para actividades, como bailes típicos, como representación de Panamá.

Esta inscripción es gratuita, debe ser realizada personalmente y llevar el pasaporte (no se admiten fotocopias) como identificación.

- SERVICIOS CONSULARES DE PANAMÁ EN ESPAÑA

* Servicios Consulares:

Expedición de pasaportes.

Salvoconductos:
para viajar directamente a Panamá con escala de menos de 12 horas. Estados Unidos no acepta este documento.

Inscripción Consular

Inscripciones de Nacimientos, Matrimonios
(entre nacionales panameños) y Defunciones.

Solicitud de Récord Policivo o Antecedentes Penales: Los interesados deben llevar a la Sección Consular su cédula o pasaporte panameño. Una vez solicitado el record policivo, Panamá tarda una semana en expedir el documento, el cual debe ser retirado en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores arriba del Banco Nacional de Sun Tower, el Dorado.

Autenticaciones de firma, solo sí son:

Poderes firmados al momento de la autenticación. (Frente al cónsul)

Documentos notariados y sellados por Consejo Superior de Cámaras

Documentos del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Español

Repatriación: es un proceso prolongado.

Fe de Vida


* Servicios que no se brindan en el Consulado:

Tramitación de viajes turísticos.

Búsqueda de trabajo en el extranjero.

Tramitación de estudios en España o Panamá.

Garantía de tratamiento especial en cárceles u hospitales.

Asesoría jurídica.

Garantía de agilización de trámites en Panamá.

Datos de la Embajada de España en Panamá:

Embajador: D. Jesús Silva Fernández.

Dirección: Plaza de Belisario Porras, entre Av. Perú y Calle 33 A. Panamá.CP: 0816 – 06600

Teléfono desde España: (507) 227 51 22

Fax:(507) 227 62 84/ 49 26.

E-mail:
emb.panama@maec.es

- VISAS ESTAMPADAS Y AUTORIZADAS

Los españoles o personas con carnet de residentes vigentes antes, durante y a la salida, el no necesitan Visa para Panamá, sólo el pasaporte en vigor por más de seis (6) meses, carta de solvencia bancaria (expedida por su banco) y el billete de avión de regreso o de salida a un tercer país.

Como turistas pueden permanecer 30 días y en Migración pueden extender su estadía por 60 días más, lo que da un total de 3 meses.


Los ciudadanos extranjeros que tengan Tarjeta de Residencia de España o de cualquier otro país de la Comunidad Europea o Visa de Estados Unidos, Canadá o Reino Unido, en vigor, no necesitan Visa para viajar a Panamá:
deberán comprar una Tarjeta de Turismo por valor de 30 dólares en el aeropuerto de Panamá.
 
Requisitos necesarios para solicitar Visa para Panamá:

* Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajo independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada.

* Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago, en caso de tratarse de una persona pensionada o jubilada.

* Referencia bancaria, si se trata de un comerciante.

* Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica, si se trata de una persona económicamente dependiente.

* Completar el formulario de solicitud de visa

* En caso de ser menor de edad, completar el formulario de solicitud de visas.

- Residencia Española

* Comprobación de estadía en Panamá, como la reservación de hotel confirmada, (si procede) o un acarta, con copia de la cédula, de una persona que se hace responsable en Panamá.

* Billete o reserva de avión de ida y regreso.

* Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus padres o quien tenga la guarda y crianza debidamente acreditada ... Presentando certificado de nacimiento y declaración jurada donde el solicitante le otorgue autorización para salir del país, detallando el término de la visita y la persona que se hará responsable durante su estadía en nuestro país, así como la fuente de sustento económico para sufragar sus gastos ]


- Visado de Turista

Estas visas no necesitan autorización por parte del Servicio Nacional de Migración de la República de Panamá, el solicitante debe tener el boleto de avión de ida y vuelta, para realizar la solicitud

Costo: 82 euros

Tiempo para Emisión:
30 (treinta días)

Tiempo de Entrega:
Se dan de un día para otro.

- Visado de Turista Autorizado

Para aquellos países que necesitan autorización del Servicio Nacional de Migración de Panamá, el solicitante debe tener la reserva del vuelo de avión de ida y vuelta, para realizar la solicitud.


Costo: 82 euros

Tiempo Emisión: 1 a 3 dias

Tiempo de Entrega: El Servicio Nacional de Migración de Panamá suele tardar entre 1 a 2 meses en autorizarlos. Una vez autorizado el visado, el interesado debe venir con el boleto de avión comprado para ponerle el visado.

NOTA ACLARATORIA:

Los ciudadanos que posean visa de turismo vigente o residencia únicamente de:

        Estados Unidos
        Canadá
        Australia
        Reino Unido
        Países de la Unión Europea
        Países miembros del espacio Schengen

que haya sido utilizada al menos una vez, no necesitarán visado de turista para entrar a Panamá.

- RENOVACION DE PASAPORTES

Licda. Carmen Bernardez (Directora)
Virginia Pino (Encargada Pasaportes en el Exterior)
Dirección Nacional de Pasaportes: Vía España, Plaza Concordia, oficinas A 114, 115 y 116.

Telefono: 512-2190

El trámite de la renovación de pasaportes, puede tomar tres (3) meses o más.

Los interesados deben ir personalmente a la Sección Consular presentando los siguientes documentos:

* Mayores de Edad:


Pasaporte vencido o seis meses antes de vencerse. Si se ha extraviado, denuncia de la pérdida del pasaporte ante una comisaría española.

4 fotos tamaño carnet con fondo blanco, camisa con mangas y los hombres sin aretes ni piercings.

Cédula:


Si se renueva el pasaporte con la cédula vencida, el siguiente pasaporte no se podrá expedir, hasta renovar la cédula.

Si el pasaporte está en vigor hay que hacer una anulación de pasaporte, cuyo coste es de 4.00 Balboas.

El pago de 54.00 Balboas, deberá ser hecho por una persona en Panamá en la Dirección Nacional de Pasaportes en Vía España, Plaza Concordia, Oficinas A-114, A-115 y A-116.

La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento a Madrid.

* Menores de Edad:


Pasaporte vencido o seis meses antes de vencerse. Si se ha extraviado, denuncia de la pérdida del pasaporte ante una comisaría española.

4 fotos tamaño carnet con fondo blanco, camisa con mangas y los hombres sin aretes ni piercings.

Original del Certificado de Nacimiento

Cédula o Documento de Identidad del padre y de la madre

Autorización de Expedición de Pasaporte firmada por el padre y por la madre.

La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento a Madrid.

El pago de 54.00 Balboas, deberá ser hecho por una persona en Panamá en la Dirección Nacional de Pasaportes en Vía España, Plaza Concordia, Oficinas A-114, A-115 y A-116.

Si es mayor de 13 años, los menores deberán firmar las solicitudes de pasaportes y presentar carnet con foto y firma.

Los Jubilados pagan 25.00 Balboas por los pasaportes.

NOTA:

* Son 54.00 balboas si el pasaporte esta vencido.

* Son 58.00 balboas si el pasaporte aun está vigente y próximo a expirar:

DESGLOCE


54.00 balboas por el pasaporte

4.00 balboas por la anulación del pasaporte antiguo.

1.00 balboa equivale a 1.00 dólar americano

La Sección Consular recomienda que los interesados paguen el courrier (35 Euros) del envío de la solicitud a Panamá, para agilizar la llegada del documento.

- SALVOCONDUCTOS


Los Salvoconductos se expiden a las personas que desean regresar a Panamá, a las que se les ha vencido el pasaporte, lo han extraviado o se lo han robado y por alguna razón no pueden renovar su pasaporte.

No son válidos para regresar vía Estados Unidos porque este país no los admite.

Tampoco son válidos para hacer escalas en otros países por más de 12 horas.


El interesado se debe presentar en el Consulado, tras lo cual éste debe pedir autorización a la Dirección Nacional de Pasaportes quien, autoriza el salvoconducto con un número de documentación. Este trámite tarda aproximadamente 2 días.

El interesado debe contactar a una persona en Panamá, quien deberá pagar los gastos de 20 Balboas en la Dirección Nacional de Pasaportes en Panamá y el interesado deberá presentar el recibo del pago en el Consulado junto con una foto para la expedición del Salvoconducto.

Si es un pasaporte extraviado, hay que adjuntar la Denuncia de la pérdida o del robo . La Denuncia debe ser expedida por la policía española.

- CERTIFICACIONES

* Certificaciones


La mayoría de los certificados que se expiden son de Inscripción Consular. Este es para los panameños que solicitan la nacionalidad española. Son gratuitos.

El Consulado no expide Certificados de “No Residencia”.

Estos, los expide la Comisaría de Policía de la Calle General Pardiñas 90.Teléfono para citas previas: 91-322-3400. El interesado debe rellenar un formulario en la página:

http://www.mpt.es/servicios/servicios_on_line/extranjeria/modelos_oficiales_solicitudes/ex13/document_es/ex13.pdf

* Récord Policivo

Los panameños pueden solicitar el Récord policivo a través de la Sección Consular. Deben presentarse personalmente con su pasaporte para rellenar y firmar el formulario correspondiente.

Esta solicitud se envía por fax al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá, y un familiar deberá ir personalmente a pagar los gastos del documento y a retirarlo, para enviárselo al interesado personalmente.

* Fe de vida

La Fe de Vida se expide a los jubilados y pensionados por el Seguro Social de Panamá. El interesado debe presentarse en la Embajada con su cédula y/o el carnet del Seguro Social. ES gratuita.

- LEGALIZACIONES

Sólo se pueden legalizar las firmas registradas en la Sección Consular.

Funcionarios del Ministerio de Asuntos Exteriores. Están situados en la Calle Juan de Mena 4, 28014 Madrid (Metro Banco de España). Hay que acudir con cita previa la cual se obtiene en la página web http://www.maec.es

Funcionario del Consejo Superior de Cámaras

Notarios de Madrid


Personas que firmen ante el Encargado de los Asuntos Consulares.

La Sección Consular no puede legalizar documentos panameños, sólo documentos españoles para que tengan valor en Panamá.

Tampoco se pueden legalizar copias de documentos que no estén debidamente legalizados. Por ejemplo copias de pasaportes ni de cédulas. Para esto deben ir a un Notario español, que les certifique la copia del Documento y luego al Colegio de Notarios para la Apostilla de la Haya.

NOTA ACLARATORIA

Los Documentos Apostillados no necesitan ser legalizados por esta Sección Consular.

Los documentos oficiales de Madrid (Actas de nacimiento, matrimonio, soltería, entre otros documentos expedidos por España), se apostillan en el Tribunal Superior de Justicia, en la calle de General Castaños, 1.

Los documentos no oficiales se apostillan en el Ilustre Colegio Notarial de Madrid, en la calle de Ruiz de Alarcón, 3.

- INSCRIPCION DE NACIMIENTO.

Procedimiento para la inscripción de nacimiento de hijos de panameños nacidos en España.

* Certificado de Nacimiento español con Apostilla de la Haya. La Apostilla de los nacidos en Madrid, se obtiene en el Tribunal Superior de Justicia en la Calle General Castaños Nº 1. Del resto de España se obtiene en el Tribunal Superior de Justicia de cada provincia.

* La madre o el padre panameño debe venir a la Embajada con su cédula y con el Certificado de Nacimiento del hijo o hija que desee inscribir, apostillado, para realizar y firmar una Declaración Jurada y para firmar el libro de Inscripciones de Nacimiento.

* Esta documentación se manda al Registro Civil de Panamá y luego ellos remiten al Consulado la constancia de Inscripción de Nacimiento con el número de cédula del menor. Este trámite tarda unos 3 meses.

- REQUISITOS PARA ENTRAR Y SALIR CON MASCOTAS DE PANAMA

* Viaje desde España a Panamá


El interesado debe realizar todos los siguientes trámites:

Solicitar certificado veterinario de buena salud.  Este documento es expedido por el veterinario.

Llevar el certificado veterinario de buena salud para solicitar el certificado de exportación:

En el caso de Madrid, los certificados de exportación se expedirán a diario en una de las siguientes entidades:

Los teléfonos de información del Servicio de Sanidad Animal del "Puesto de Inspección Fronterizo" en Madrid del Aeropuerto de Barajas son: 912729752 y 912729763, de lunes a viernes de 8:00h a 20:00h  y Sábados, Domingos y Festivos de las 9:00h a las 14:00h, esta ubicado en el Centro de Carga Aérea, cerca de aduanas.

Los teléfonos de cita previa en la "Delegación del Gobierno" en Madrid, de Calle García de Paredes 65, 3ª Planta son: 912729137 y 912729269, de lunes a viernes de 8:30h a 14:30h.

En todo momento deben portarse con el certificado de salud y la cartilla y/o pasaporte de su animal de compañía.

CONSULADOS DE PANAMA EN ESPAÑA

LA CORUÑA, GALICIA


Sr. D. Cristobal Fundora
Cónsul General de Panamá
Calle Cantón Pequeño, Nº 6-8. 6º A
15003 La Coruña
Teléfono: 981-274044
Fax: 981-251542
panaconsulcoru@mundo-r.com

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Sra. Dª. Carla Elena Afú Brandao
Cónsul General de Panamá
Albareda, 15, planta 4ª, oficina 1ª
35008 Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928.266071
Fax: 928-266072
panaconsulcanarias@gmail.com

VALENCIA

Sr. D. Rolando Reyna
Cónsul General de Panamá en Valencia
Tel.963319335
Avda. del Puerto, 320, 2º
46024 Valencia
consulpanamavalencia@hotmail.com
rolandoreyna@hotmail.es

MADRID

Encargado de Asuntos Consulares
Sr. D. Cristhian A. Rios Segura
Calle de Claudio Coello, 86.
28006, Madrid.
Horario 10:00am a 2:00pm previa cita
Tel.  915765001 ext. 3
Fax. 915767161

BARCELONA

Sr. D. Álvaro Linares Clarke
Cónsul General de Panamá
Paseo de Gracia, 20, 4º - 1º
08007 Barcelona
Teléfono: 93-3020073
Fax: 93-3026350
panama.barcelona@gmail.com
Cónsules Honorarios

MÁLAGA

Sr. D. Baldomero Rodiles-San Miguel
Cónsul Honorario de Panamá
Camino de San Rafael, 53
29006 Málaga
Teléfono: 952359806
Fax: 952-318615

TARRAGONA

Sr. D. Pedro Martínez Cutillas
Cónsul Honorario de Panamá
Torres i Amat, 7
08001 Barcelona
MDmartin@emmsa.es

VIGO

Sr. D. José Taboada López
Cónsul Honorario de Panamá
Avda. De la Hispanidad, 75, 2º Piso
36203 Vigo
Teléfono: 986-418465
Fax: 986-222355
 
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