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 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de la Administración Central >> Instituto Geográfico Nacional - IGN

Instituto Geográfico Nacional - IGN

DIRECCION

Calle Vicente Ferrer (Edif. Adm. Xunta) 2, 9º.
15008 A Coruña
Teléfono: 981 989 700
Fax: 981 989 714
Correo electrónico: geografico.acoruna@apmpr.es - geografico.acoruna@map.es

HORARIO

Lunes a Viernes: 09.00 a 14.00 horas

DESCRIPCION

El Instituto Geográfico Nacional (IGN) se creó el 12 de septiembre de 1870, dependiendo administrativamente de la Dirección de Estadística del Ministerio de Fomento, pero gozando de plena libertad para el ejercicio de las facultades técnicas que se le atribuyen, consistentes en "la determinación de la forma y dimensiones de la Tierra, triangulaciones geodésicas de diversos órdenes, nivelaciones de precisión, triangulación topográfica, topografía del mapa y del catastro, y determinación y conservación de los tipos internacionales de pesas y medidas".

Mediante el Decreto de 12 de marzo de 1873, se creó la Dirección de Estadística y del Instituto Geográfico, la cual, ese año, mediante Decreto de 19 de junio (durante la Presidencia de Pi y Margall de la Primera República), fue sustituida por el Instituto Geográfico y Estadístico.

Como consecuencia de este decreto, el Instituto dejó de ser un órgano integrado en una Dirección General para convertirse en un Centro Directivo independiente, posición que mantuvo hasta la actualidad, si bien la denominación del Instituto cambió con los años (Instituto Geográfico y Catastral, Instituto Geográfico, Catastral y Estadístico, hasta la actual denominación, desde 1977, como Instituto Geográfico Nacional).

El IGN tampoco dependió siempre del Ministerio de Fomento ya que a lo largo de su historia ha dependido en ocasiones de otros Ministerios, como el de Instrucción Pública y Bellas Artes o el Ministerio de Presidencia.


En 1904, el IGN integró un Observatorio Astronómico y Meteorológico, manteniéndose las competencias en astronomia, pero no las de meteorología, que se incorporaron en 1931.


En 1925 se incorporó el catastro de rústica, realizándose funciones catastrales hasta 1979, año en el cual se incorporarón al Instituto los Servicios del Consejo Superior Geográfico, hasta ese momento dependientes del Ministerio del Ejercito, que continúan formando parte de los cometidos del IGN actualmente.

En 1991 se crea el Centro Español de Metrología como un Organismo Autónomo, asumiendo las competencias sobre calibración y control metrológico que correspondían hasta esa fecha al IGN.


A través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dos años antes, en 1989, se crea el Centro Nacional de Información Geográfica, organismo autónomo adscrito desde su origen al IGN, encargado de la comercialización de sus productos así como de la atención a la demanda social.

En el 2007 se aprobó su estatuto y, al año siguiente, la política de difusión pública de la información geográfica generada por la la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional que establece el marco regulador de la política de datos.

Organización y funciones


La organización y funciones del IGN han cambiado a lo largo de los últimos años: en 1995 se aprueba un Real Decreto que lo reorganiza como consecuencia de la modernización introducida en sus sistemas de producción; bajo la dependencia inmediata del Director General se encuentra el Observatorio Astronómico Nacional, a quien le corresponde también la presidencia del organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), y de las Comisiones Nacionales de Astronomía, de Geodesia y Geofísica y de la Permanente de Normas Sismorresistentes.

En 1996 un Real Decreto establece la estructura básica de los nuevos Departamentos, entre ellos el de Fomento, de cuya Subsecretaría pasa a depender la Dirección General del IGN
.

Allí se definen sus funciones, manteniéndose la estructura creada en 1995, así como la dependencia del Observatorio Astronómico nacional y las presidencias de los órganos colegiados y organismo autónomo allí establecidas.

En 1999, por orden del Ministerio de la Presidencia, es creada la Comisión Española de Geodesia y Geofísica, y un Real decreto regula la composición y funcionamiento del Consejo Superior Geográfico.

Los servicios Regionales de la Dirección General del IGN se integran administrativamente en las Delegaciones del Gobierno del Ministerio de Administraciones Públicas aunque siguen dependiendo de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

En el 2000, como consecuencia de una reestructuración de Departamentos ministeriales, un Real Decreto modifica y desarrolla la estructura orgánica esencial del Ministerio de Fomento; sin embargo, la Dirección General del IGN sigue dependiendo de la Subsecretaría del Departamento al tiempo que se definen su estructura y funciones.


En el 2004 un Real Decreto del Ministerio de Administraciones Públicas establece una nueva organización y distribución de funciones de la Dirección General del IGN mientras una Resolución ministerial fija los precios públicos que rigen la distribución de datos, publicaciones y prestación de servicios de carácter geográfico.

En el 2009, con la aprobación del nuevo Real Decreto de Estructura del Ministerio de Fomento, se reestructura el organigrama del Ministerio, pasando el Instituto Geográfico Nacional a depender de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, reorganizándose la estructura interna del Instituto con la desaparición de las Subdirecciones Generales de Aplicaciones Geográficas y Producción Cartográfica, y la creación de las de Cartografía y Observación del Territorio.

Siguiendo esta misma norma se creó el Centro de Desarrollos Tecnológicos, dependiente de la Subdirección General de Astronomía, Geodesia y Geofísica; por otro lado, con esta norma se dota a la Secretaría General de una estructura y organización específica para el impulso de la Secretaría Técnica del Consejo Superior Geográfico. `


También en 2009, se modificó el Estatuto del CNIG para que pueda actuar como medio propio de la Administración General del Estado, incluyéndose la posibilidad de realizar cualquier función que determine el Consejo Superior Geográfico respecto a las Administraciones Públicas integradas en el Sistema Cartográfico Nacional.

En el 2011, siguiendo el Real Decreto 1823/2011 de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, el IGN pasó oficialmente a depender de la Subsecretaría de Fomento.

Finalmente, en el año 2012, el Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, se establecieron las nuevas funciones del IGN reorganizandose la estructura interna del Instituto con la desaparición de las Subdirecciones Generales de “Astronomía, Geodesia y Geofísica” y “Cartografía y Observación del Territorio” y la creación de las Subdirecciones de “Astronomía, Geofísica y Aplicaciones espaciales” y la de “Cartografía y Geodesia”.

Competencias y tareas.

El Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, recoge en su artículo 15 las tareas y competencias encomendadas a la Dirección General del IGN. De acuerdo al citado artículo, las tareas del IGN son:

- La planificación y gestión de uso de la instrumentación e infraestructuras astronómicas y la realización de trabajos de radioastronomía, especialmente para el desarrollo de aplicaciones útiles en geodesia y geofísica.

- La planificación y gestión de la instrumentación e infraestructuras de geodesia espacial, así como la realización de trabajos y estudios geodinámicos.

- La planificación y gestión de sistemas de detección y comunicación de los movimientos sísmicos ocurridos en territorio nacional y sus posibles efectos sobre las costas, así como la realización de trabajos y estudios sobre sismicidad y la coordinación de la normativa sismorresistente.

- La planificación y gestión de los sistemas de vigilancia y comunicación de la actividad volcánica en el territorio nacional y determinación de los riesgos asociados, así como la gestión de sistemas de observación geofísica y la realización de trabajos y estudios en materia de gravimetría, volcanología y geomagnetismo.

- El desarrollo tecnológico y operativo de la instrumentación e infraestructuras propias para la prestación de servicios públicos y la realización de trabajos y estudios en los campos de la astronomía, la geodesia y la geofísica.

- La planificación y gestión de las redes geodésicas terrestres de ámbito nacional, de la red de nivelación de alta precisión y de la red de mareógrafos, así como el desarrollo de aplicaciones sobre sistemas de navegación y posicionamiento.

- La dirección y el desarrollo de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y cartográfica, así como el aprovechamiento de sistemas de fotogrametría y teledetección, y la producción, actualización y explotación de modelos digitales del terreno a partir de imágenes aeroespaciales.

- La programación del Plan Cartográfico Nacional y la producción, actualización y explotación de Bases Topográficas y Cartográficas de ámbito nacional para su integración en sistemas de información geográfica, y para la formación del Mapa Topográfico Nacional y demás cartografía básica y derivada. Asimismo, la gestión de los laboratorios y talleres cartográficos.

- La realización y actualización del Atlas Nacional de España y de la cartografía temática de apoyo a los programas de actuación específica de la Administración General del Estado, así como la prestación de asistencia técnica en materia de cartografía a organismos públicos.

- El soporte técnico y operativo del Sistema Cartográfico Nacional, en especial del Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional mediante la gestión del Registro Central de Cartografía, la formación y conservación del Nomenclátor Geográfico Nacional y la toponimia oficial, y el informe pericial sobre líneas límite jurisdiccionales.

- La planificación y gestión de la Infraestructura de Información Geográfica de España, así como la armonización y normalización, en el marco del Sistema Cartográfico Nacional, de la información geográfica oficial. Igualmente, la planificación y desarrollo de servicios de valor añadido y de nuevos sistemas y aplicaciones en materia de información geográfica, especialmente para el aprovechamiento en el ámbito de las Administraciones Públicas.

- La conservación y actualización de los fondos bibliográficos, de la cartografía histórica, de la documentación técnica, y del archivo de información jurídica georreferenciada, facilitando su acceso al público.

- La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos. Igualmente, y tanto para su propio ámbito como para el relativo a su organismo autónomo, la definición del marco estratégico conjunto y la coordinación funcional de los servicios centrales y periféricos y de los proyectos nacionales e internacionales; y, de acuerdo con las directrices de la Subsecretaría, la colaboración en la inspección operativa, en el desarrollo de las políticas de recursos humanos, en la gestión del régimen interior y de los sistemas informáticos comunes y en el soporte jurídico necesario para el ejercicio de las funciones recogidas en el presente artículo.


Corresponde al Director General del Instituto Geográfico Nacional:


- La presidencia del organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG).

- La vicepresidencia del Consejo Superior Geográfico y la vicepresidencia de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.

- La presidencia de la Comisión Nacional de Astronomía y de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes, en los términos establecidos en sus respectivas normas reguladora

Marco Normativo

- General


* Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

* Real Decreto 1887/2011 de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

* Real Decreto 1823/2011 de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

* Orden FOM/956/2008, por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

* Real Decreto 2724/1998 de 18 de diciembre, de integración de los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en las Delegaciones del Gobierno.

- Sectorial

*    Sistema Cartográfico Nacional


    Ley 14/2010 de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España.
    Real Decreto 1545/2007 de 23 de noviembre,, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
    Ley 7/86 de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía.

*    Señales Geodésicas y Geofísicas

    Real Decreto 2421/1978 de 2 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1975, de 12 de marzo, sobre señales geodésicas y geofísicas.
    Ley 11/1975 de 12 de marzo, sobre señales Geodésicas y Geofísicas.

*    Sistema Geodésico de Referencia


    Real Decreto 1071/2007 de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España.

*    Delimitaciones territoriales

    Real Decreto 3426/2000
de 15 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de deslinde de términos municipales pertenecientes a distintas Comunidades Autónomas.
    Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.

- Centro Nacional de Información Geográfica

* Real Decreto 1637/2009 de 30 de octubre
, por el que se modifica el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica, aprobado por Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo.

* Real Decreto 663/2007 de 25 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica.
 
* Resolución de 1 de julio de 2004
, del Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se fijan los precios públicos que han de regir en la distribución de datos, publicaciones y prestación de servicios de carácter geográfico.
 
* Ley 37/1988 de 28 de diciembre
, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. Artículo 122, por el que se crea el Centro Nacional de Información Geográfica.

- Órganos Colegiados

* Real Decreto 1391/2007 de 29 de octubre, por el que se regula la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.

* Real Decreto 663/2001 de 22 de junio, por el que se modifica el Reglamento de la Comisión Nacional de Astronomía aprobado por Real Decreto 587/1989, de 12 de mayo.

* Real Decreto 587/1989 de 12 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de la Comisión Nacional de Astronomía.
 
 * Real Decreto 518/1984
de 22 de febrero, por el que se reorganiza la composición de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes.

* Decreto 3209/1974 de 30 de agosto, por el que se aprueba la "Norma Sismorresistente PDS-1 (mil novecientos setenta y cuatro) parte A (texto)", así como la constitución de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes.

SERVICIOS

Disponen de un servicio de venta de mapas, incluido el nuevo mapa orográfico elaborado a partir de las imágenes obtenidas por el satélite Landsat 5 y el Sensor TM.

Venta de cartas marinas (cartografía), código internacional de señales, derroteros, libros de faros, radio-señales, anuario de mareas, cuadernos de bitácora y fotografía aérea.

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