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DIRECCION
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HORARIO
- Invierno (septiembre a diciembre y de febrero a junio):
Lunes a Viernes: 09.00 a 15.00 horas y de 16.00 a 20.00 horas
Sábado: 10.00 a 13.00 horas
- Invierno (enero):
Lunes a Viernes: 08.30 a 14.30 horas
- Verano (julio y agosto):
Lunes a Viernes: 08.30 a 14.30 horas
HISTORIA
El edificio del Pazo del Parlamento de Galicia se construyo a comienzos del siglo XX con el objetivo de albergar la escuela de veterinaria y sus servicios anexos de estacion pecuaria y granja agricola de experimentacion.
En 1882, Eugenio Montero Rios, procer de Santiago de Compostela, consigue finalmente la creacion de los estudios correspondientes de veterinaria que, provisionalmente, se instala en el antiguo colegio que habia fundado en el siglo XVII el arzobispo de San Clemente, situado en las cercanias de la puerta Faxeira, al pie del castro de Santa Susana o Souto dos Poldros.
En 1898, la reina regente Maria Cristina, en nombre de su hijo Alfonso XIII, dispone un real decreto del 3 de septiembre, por el cual se aprueba el proyecto estudiado por el arquitecto Antonio Bermejo y Arteaga para la construccion de un edificio destinado a la escuela de veterinaria.
Considerando la importancia del proyecto, el Ayuntamiento de Santiago crea la comision presidida por el catedratico Cleto Troncoso, para que personas expertas eligan el lugar mas adecuado a la localizacion de la escuela.
El edificio se realizo de acuerdo con el proyecto del arquitecto Antonio Bermejo y Arteaga; al fallecer este, se hizo cargo del proyecto, el arquitecto Arturo Calvo logrando un acabado edificio de dos plantas, rodeado por bellos patio al aire libre con cuatro pabellones en la planta bajo pensados para clinicas de distintos objetivos, hoy desaparecidos.
En 1924, la matricula por enseñanza oficial era de catorce alumnos, y otros tantos, no oficiales, lo que hizo que el Directorio Militar, presidido por el general Primo de Riviera, hiciera desaparecer los presupuestos de 1924 y 1925, quedando definitivamente suprimida la Escuela Veterinaria de Galicia.
Por este motivo, el edificio y sus anexos pasaron al Ministerio de Instruccion Publica el 11 de febrero de 1925, con el ejercito ocupando sus instalaciones para el Regimiento de Artilleria de Campaña; posteriormente, el edificio fue vendido a la Xunta de Galicia con el objetivo de destinarlo a Parlamento de la Comunidad Autonoma, que comienza a funcionar, una vez rehabilitado, el 1 de marzo de 1989.
Con el cambio de uso se suceden diferentes proyectos de adaptación del edificio a los fines militares; a partir de la resolución del concurso de anteproyectos convocado por la Mesa del Parlamento de Galicia, que recayó en el presentado por el arquitecto D. Manuel Andrés Reboredo Sánchez, comenzaron las obras de adaptación del edificio para Parlamento de Galicia, en las que la novedad más destacable es la construcción, ex novo, del hemiciclo que se sitúa en el centro del patio.
DESCRIPCION
El 19 de diciembre de 1981 se constituyo, entre los centenarios muros del pazo de Xelmírez, la primera legislatura del Parlamento de Galicia.
- El Parlamento de Galicia como uno de los poderes de la Comunidad Autónoma
Galicia se constituyo en Comunidad Autónoma para acceder a su autogobierno de conformidad con la Constitución española de 1978, que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y de las regiones que integran la nación española.
El Estatuto de Galicia es la norma institucional básica de la Comunidad gallega que define sus instituciones, competencia y administración pública, así como su economía y hacienda.
Los poderes públicos de Galicia son ejercidos a través del Parlamento, de la Xunta y de su presidente.
Son funciones del Parlamento:
* Ejercer la potestad legislativa de la Comunidad Autónoma.
* Controlar la acción ejecutiva de la Xunta.
* Aprobar sus presupuestos
* Designar para cada legislatura de las Cortes Generales los senadores representantes de la Comunidad Autónoma gallega
* Elegir de entre sus miembros el presidente de la Xunta de Galicia.
* Exigirle responsabilidad a la Xunta de Galicia y a su presidente
* Solicitar del Gobierno del Estado la adopción de proyectos de ley y presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados proposiciones de ley
* Interponer recursos de inconstitucionalidad y presentarse ante el Tribunal Constitucional en los supuestos y tener previstos en las leyes.
- La constitución y la disolución del Parlamento
El Parlamento está constituido por diputados elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Una vez elegidos, los diputados representan a todo el pueblo gallego.
El Parlamento se renueva obligatoriamente cada cuatro años por mandato estatutario, pero lo puede hacer antes si el presidente de la Xunta lo disuelve.
En la actualidad, el Parlamento de Galicia está conformado por setenta y cinco diputados y diputadas. Estatutariamente el número fijado es entre sesenta y ochenta, no están sujetos a mandato imperativo y son inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo.
- Los miembros del Parlamento
Para garantizar el buen cumplimiento de sus funciones, los miembros del Parlamento gozan de determinados derechos, entre ellos, el derecho y el deber de asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno del Parlamento y a las de las comisiones de las que formen parte.
Los miembros del parlamento integran, por lo menos, una Comisión.
Los miembros del parlamento recibiran una asignación económica que les permita cumplir de manera eficaz y digna su función, teniendo derecho a las indemnizaciones y ayudas de costo por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su condición de diputados y diputadas.
Los miembros del parlamento pueden interpelar a la Xunta y la cada uno de sus miembros, y también les podrán presentar enmiendas a los proyectos y a las proposiciones de ley.
Por otra parte, los diputados y las diputadas están obligados a acomodar su conducta al Reglamento, no podrán invocar o hacer uso de su condición para el ejercicio de actividades ajenas a las de diputado y están obligados a efectuar declaración notarial de sus bienes patrimoniales y de todas aquellas actividades que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, y en todo momento deben observar las normas sobre incompatibilidades establecidas.
Los diputados y las diputadas pueden quedar suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios en los casos que, conforme el Reglamento de la Cámara, así proceda o cuando una sentencia firme condenatoria lo imponga.
- La sede y el tiempo de trabajo parlamentario
La sede del Parlamento de Galicia, mediante ley, radica en la ciudad de Santiago de Compostela.
El salón de sesiones es el lugar donde se realizan las sesiones del Pleno del Parlamento de Galicia, y los diputados o las diputadas ocupan los asientos dispuestos en forma de hemiciclo ante la Mesa presidencial.
El presidente de la Xunta de Galicia y su Gobierno ocupan la primera fila de escaños, y el resto de diputados y diputadas, agrupados en grupos parlamentarios, ocupan los restantes, siendo previamente asignados estos por la Mesa del Parlamento.
En el Parlamento de Galicia hay dos períodos de sesiones: uno que comprende los meses de septiembre a diciembre y otro de febrero a junio; durante estos períodos, el Parlamento se puede reunir en sesiones comunes que, habitualmente, tienen lugar de martes a viernes de cada semana.
Fuera de estos períodos de sesiones, pueden realizarse sesiones extraordinarias se cumplir determinados requisitos.
El presidente del Parlamento es el encargado de fijar el orden del día de los plenos, de acuerdo con la Mesa y la Xunta de Portavoces y habida cuenta el calendario de actividades.
La orden del día de las comisiones viene determinada por la respectiva Mesa, conforme el calendario establecido por la Mesa del Parlamento.
- Los procedimientos de la relación con los órganos estatales
El Parlamento participa en actividades de los órganos centrales del Estado correspondiendole la designación de senadores o senadoras que deban representar la Comunidad Autónoma de Galicia en el Senado, que la Constitución define como Cámara de representación territorial.
El Parlamento de Galicia tiene derecho de iniciativa legislativa ante el Congreso de los Diputados, pudiendo presentar una proposición de ley que dé lugar al nacimiento de una ley estatal, y el derecho de solicitar del Gobierno del Estado la adopción de un proyecto de ley del que les corresponderá su tramitación a las Cortes Generales.
El Parlamento puede interponer recursos de constitucionalidad contra las normas estatales que afecten al ámbito propio de la autonomía de Galicia. Igualmente, puede comparecer en los conflictos de competencia o encomendarle a la Xunta de Galicia que sea la que comparezca.
El Parlamento de Galicia tiene competencia para solicitar del Estado las transferencias o delegaciones de competencias no asumidas en el Estatuto y determinar el organismo a lo que se le debe atribuir en cada caso la competencia transferida o delegada.
Mesa del Parlamento de Galicia:
1. Presidenta: Dña. Pilar Milagros Rojo Noguera
2. Vicepresidente Primero: D. José Manuel Baltar Blanco
3. Vicepresidente Segundo: D. Ricardo Jacinto Varela Sánchez
4. Secretario: D. José Manuel Balseiro Orol.
5. Vicesecretario: D. Anxo Manuel Quintana González
Grupos Parlamentarios:
1. Grupo do Partido Popular: D. Manuel Santos Ruiz Rivas
2. Grupo do Partido dos Socialistas: D. Xoaquín María Fernández Leiceaga
3. Grupo do Bloque Nacionalista Gallego: D. Carlos Ignacio Aymerich Cano
DIPUTADOS
1. Diputados 1.1 A Coruña Diputados Sr. Arias Veira, Pedro Manuel Sr. Beiras Achicharrado, Xosé Manuel Sr. Caamaño Domínguez, Francisco Manuel Sra. Díaz Pérez, Yolanda Sra. Faraldo Botana, María Dolores Sr. Harinas Sobrino, Hipólito Sr. Freire Abeijón, José Santiago Sr. Jorquera Caselas, Francisco Xesús Sr. Méndez Romeu, José Luis Sr. Núñez Centeno, Aurelio Alfonso Sra. Piñeiro Martínez, María Soledad Sra. Pontón Mondelo, Ana Belén Sra. Pouso Maneiro,María Herminia Sra. Prado del Río, Paula Sr. Prado Patiño, Jesús Miguel Sr. Puy Fraga, Pedro Sr. Ron Fernández, José Javier Sr. Sánchez Bugallo, José Antonio Sr. Sánchez García, Antón Sr. Santos Regueiro, José Francisco Sra. Sestayo Doce, Beatriz Sra. Soneira Tajes, María Soledad Sr. Tejado Filgueira, Miguel Ángel Sr. Trenor López, Gonzalo
1.2 Lugo Diputados Sr. Baamonde Díaz, Agustín Sr. Balseiro Orol, José Manuel Sra. Burgo López, Concepción Sr. Camino Copa, Ángel Sr. Castiñeira Broz, Jaime Sr. Docasar Docasar, Ricardo Vicente Sra. García Pacín, María Isabel Sr. González Santín, Juan Carlos Sr. Íñiguez Martínez, Jaime Sr. Martínez-Sierra López, Vidal Sr. Pombo Rodríguez, Cosme Eladio Sra. Rodríguez Barreira,María Julia Sr. Valle Alonso, José Ramón Sr. Varela Suanzes-Carpegna, Daniel Luis Sr. Vázquez Díaz, Ramón
1.3 Ourense Diputados Sra. Acuña del Campo, María Carmen Sr. Blanco Paradelo, Moisés Sr. Fernández Calviño, David Sr. Fernández Fernández, Raúl Sr. Gómez Alonso, Alejandro Sr. Mouriño Villar, Antonio Sr. Nóvoa López, Enrique Sra. Pardo López, María del Carmen Sra. Paz Franco, María Tereixa Sra. Quintas Álvarez, María Remedios Sra. Rodríguez Vispo Rodríguez,Marta María Sra. Romero Fernández, Cristina Isabel Sr. Santalices Vieira, Miguel Ángel Sr. Vázquez Abad, Jesús Sr. Vázquez Fernández, Manuel
1.4 Pontevedra Diputados Sra. Adán Villamarín, María do Carme Sr. Aymerich Cano, Carlos Ignacio Sr. Dorado Soto, Javier Sr. Fajardo Recouso, Juan Manuel Sra. Gallego Calvar, María Carmen Sr. Gallego Lomba, José Manuel Sr. García García, Pablo Sr. Guerra Fernández, Javier Jorge Sr. Hernández Fernández de Rojas, Agustín Sr. Losada Álvarez, Abel Fermín Sra. Martínez García, María Consuelo Sr. Núñez Feijóo, Alberto Sr. Pazos Couñago. Jose Alberto Sra. Pérez Hernández, Berta Sra. Prado Cores, María Montserrat Sra. Rodríguez Arias, Marta Sr. Rodríguez González, Román Sra. Rojo Noguera, Pilar Sr. Rueda Valenzuela, Alfonso Sra. Solla Fernández, Eva Sra. Villano Lorenzo, Patricia
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