DIRECCION
Avda. Salvador de Madariaga 9, 1º. 15008 A Coruña Teléfono: 981 182 385 - 981 182 386 (demandas y conciliaciones) - 981 182 387 - 981 182 380 (convenios y elecciones) Fax: 981 182 398
HORARIO
Lunes a Viernes: 09.00 a 14.00 horas
DESCRIPCION
La conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) es un requisito previo a la vía laboral ante el Juzgado de lo Social. S
Se exceptúan de este requisito los procesos que exigen la reclamación previa en vía administrativa, los que versen sobre Seguridad Social, los relativos al disfrute de vacaciones y a materia electoral, los iniciados de oficio, los de impugnación de convenios colectivos, los de impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación y los de tutela de la libertad sindical.
Quedan exceptuados aquellos procesos en los que siendo parte demandada el Estado u otro ente público, también lo fueran personas privadas, siempre que la pretensión hubiera de someterse al trámite de reclamación previa y en éste pudiera decidirse el asunto litigioso y los supuestos en que, iniciado el proceso, fuera necesario dirigir la demanda frente a personas distintas de las inicialmente demandadas.
Titularidad: Consellería de Trabajo y Bienestar.
Datos de Interés:
* Las instancias de mediación, conciliación y arbitraje se presentan por triplicado.
* Es un trámite obligatorio en los procesos de despido. Si hay acuerdo se termina el procedimiento; en caso contrario continuará en el Juzgado de lo Social.
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