Noticias La Coruña
La Coruña
Información general
Ayuntamiento Coruña 
El tiempo en Coruña 
Teléfonos de interés 
Centros Docentes 
Hospitales 
Instalacion Deportivas 
Partidos políticos 
Compañias 
Distancias Kilométricas 
Consulados  
Autoridad Portuaria 
Población 
Servicios sociales de Atención al Desamparado 
Servicios funerarios 
Laboratorios, Estaciones Experimentales, Centros Tecnológicos y Centros de Formación y Experimentación  
Ambulancias 
CaixaBank - zona Matogrande 
Asociaciones de Cooperación y ONGs 
Medios de comunicación 
Zonas Comerciales 
Servicios UC 
Organismos religiosos 
Donaciones sanitarias 
Residencias para personas mayores 
Centro Tercera Edad de San Rosendo 
Servicios Educativos 
Organismos oficiales de Relaciones con el extranjero 
Teleasistencia 
Artesanos 
Centros y asociaciones para personas con problemas de salud 
Centros, asociaciones, foros y ongs para la tercera edad 
Centros, asociaciones y portales para la mujer 
Centros, asociaciones y programas para minorías etnicas e inmigración 
Centros, asociaciones y programas sobre drogadependencias 
Servicios especializados 
Sanidad y Salud 
Academias 
Federaciones Deportivas 
Autoescuelas 
Asociaciones empresariales 
Asociaciones sociales 
Asociaciones Medio Ambiente 
Asociaciones de salud 
Asociaciones de Ocio 
Centros especializados 
Parques Infantiles 
Asociaciones de animales 
Clínicas veterinarias 
Asociaciones jurídicas, financieras y seguros 
Profesionales de la Salud 
Otros Profesionales 
Profesionales de la Construcción 
Profesionales de las inmobiliarias y servicios a las empresas 
Profesionales en minas y quimica 
Profesionales artes y espectaculos 
Profesionales agricultura y ganadería  
Sindicatos 
Organismos oficiales de Administración autonómica  
Instituto Gallego de Estadística - Instituto Galego de Estatística - IGE 
Instituto Gallego de Promoción Económica - Instituto Galego de Promoción Económica - IGAPE  
Organismos oficiales de Administración Europea e Internacional  
Organismos oficiales de la Administración Central 
Cajas de Ahorro 
Organismos oficiales de Servicios Sociales Administración local 
Bancos 
Transportes
Alquiler venta de pisos

Alojamientos
Gastronomía
De Compras
Donde comprar
Empresas
Servicios Profesionales
Rutas Turísticas
Ayuntamientos
Turismo Cultural
Tiempo de ocio
Música y folklore
Foro Coruña
Fotografías
Pisos
Publicidad
Ayuda
Contacto
Webs amigas

 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de Administración autonómica >> Título de Familia Numerosa

Título de Familia Numerosa

DESCRIPCION

- Se considera familia numerosa la unidad familiar formada por uno o dos ascendentes y tres o más hijos, sean o no comunes.

- Se consideran numerosas las familias con dos hijos en los siguientes supuestos:


* Cuando uno de los hijos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.

* Cuando ambos ascendentes sean discapacitados o estén incapacitados para trabajar o, por lo menos, uno de ellos tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

* Cuando el tercer descendiente haya sido concebido y aún no haya nacido, siempre que se obtenga un mayor beneficio; en este supuesto, se deberá acreditar el embarazo mediante certificación médica (sólo tendrá validez en la Comunidad Autónoma de Galicia).

* Padre o madre con dos hijos cuando haya fallecido el otro progenitor.

- También tendrán la condición de familia numerosa las formadas por:

* Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre si uno de ellos es dicapacitado, mayores de 18 años que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.

* Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, pero no a expensas suyas.

* Padre o madre separados o divorciados con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque esten en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependecia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.

REQUISITOS

Condiciones que deben cumplir los hijos o hermanos:


- Ser solteros y menores de 21 años, si son discapacitados o están incapacitados para trabajar.

La edad se podrá ampliar hasta los 25 años si cursan estudios ajustados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.

- Convivir con los ascendentes.

- Depender económicamente de ellos.
Se entenderá que mantienen la dependencia económica cuando obtenga unos ingresos no superiores en cómputo anual al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente o cntribuya al sostenimiento de la familia.

Requisitos que deben cumplir los miembros de la unidad familiar:

- Tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o de alguno del resto de estados
que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

- Tener su residencia en territorio español o, si la tienen en otro estado miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el espacio Económico Europeo, y que, por lo menos uno de los ascendentes de la unidad familiar ejerza una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en España.

CATEGORÍAS DE LAS FAMILIAS NUMEROSAS

Las familias numerosas se clasifican en razón del número de hijos (cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar computa como dos para determinar la categoría en la que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte).

Se podrá incluir un hijo concebido pero no nato en la unidad familiar, siempre que se obtenga un mayor beneficio, acreditando el embarazo mediante certificación médica (sólo tendrá validez en la Comunidad Autónoma de Galicia).

- Categoría especial:

Familias de cinco o más hijos.

Familias de cuatro hijos en los siguientes supuestos:


Si por lo menos tres de los hijos proceden de un parto múltiple, adopción múltiple o acogimiento permanente o preadoptivo múltiple.

Si los ingresos anuales, divididos por el número de miembros que las componen, no superan en cómputo anual el 75% del IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.

- Categoría general:

El resto de las unidades familiares.


EXPEDICIÓN DEL TÍTULO


Documentación general:

- Impreso de solicitud.

- Libro de familia.

- Fotocopia del DNI, NIE o permiso de residencia o trabajo del titular y su cónyuge.

- Certificado de empadromaniento de la unidad familiar.

Además de la documentación indicada se solicitará la necesaria para acreditar las circunstancias personales de cada uno (viudedaz, separación, divorcio, etc.).

Junto con la expedición del título se facilitará el carné de familia numerosa que será el que se presente para la aplicación de los beneficios indicados en la parte inferior.

RENOVACIÓN

- Por variación en la unidad familiar:

El título de familia numerosa deberá renovarse o anularse cuando varíe el número de miembros de la unidad familiar o las condiciones de expedición que supongan un cambio de categoría o la pérdida de la condición de familia numerosa.

El plazo de renovación es tres meses desde el momento en que se produzcan las variaciones en la unidad familiar.

- Renovación ordinaria:

Todos los titulares deben renovar el título anual o bienalmente, según las condiciones de cada familia aunque ésta no haya sufrido ninguna variación.

LUGAR DE TRAMITACIÓN

Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Dirección: Avenida Salvador de Madariaga nº 9 Piso 1º, C.P. 15008 A Coruña.

Teléfono: 981 185 750 - 981 185 700

Fax: 981 185 701

Horario:
lunes a viernes de 09:00 h. a 14:00 h.

Web: http://benestar.xunta.es

BENEFICIOS

Fiscales:

* Deducción en el IRPF.

Vivienda:

* Compra.

* Alquiler.

Transporte:

* Transporte interurbano.

* Transporte marítimo.

* Transporte ferroviario.

* Transporte aéreo.

Educación:

* Reducción en las tarifas de exámenes, expedición de títulos, diplomas y otros.

* Preferencia para ayudas de adquisición de libros y material didáctico y en la admisión en centros docentes públicos.

Juventud:

* Descuento en los precios relativos a las actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad en el programa Campaña de Verano.

* Reducción del precio final que resulte de las estancias en las residencias de tiempo libre de la Consellería de Trabajo y Bienestar situadas en Panxón (Pontevedra) y O Carballiño (Orense).

Agua:

* Deducción de la cuota tributaria del canon de saneamiento para los usos domésticos del agua.

Sociales:

* Bonificación en las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de cuidadores que presten servicios en el hogar consistentes en el cuidado y atención de las familias.

* Preferencia y bonificación en los viajes de turismo y turnos de termalismo subvencionados por el Imserso.

Ir al inicio
invisible
Enviar página a un amigo Poner esta página como tu pagina de inicio Imprimir esta página Mapa web Buscador Avanzado
Quejas

Alquiler venta de pisos
Alquiler de pisos
Alquiler de plazas de garajes
Oficinas
Locales Comerciales
Venta de Pisos en La Coruña
Chalet en A Zapateira
Venta de Casas en La Coruña
Alquiler de apartamentos
Venta de pisos en La Costa de la Muerte

Servicio de desinfección contra el Covid-19 en A Coruña

Gestor Contenidos

Primero en Google
Franquicia Vending
Solicita Demo
Gestor Contenidos

i Latina Software, S.L. NIF.B-24.284.622 - Política de privacidad - Creado con: por Productos web,s.l. -ilatina hercules nexo

I latina Software, S.L - coruna-virtual.com