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 Inicio >> Información general >> Organismos oficiales de Servicios Sociales Administración local >> Trámites a realizar en el Departamento de Aperturas y Actividad (Área Municipal de Urbanismo)

Trámites a realizar en el Departamento de Aperturas y Actividad (Área Municipal de Urbanismo)

DIRECCION

Plaza Indalecio Prieto 1-3.
15002 A Coruña
Teléfono: 981 184 244
Fax: 981 184 239

HORARIO

- Invierno (16 de septiembre al 14 de junio):


Lunes a Viernes: 08.00 a 14.00 horas

- Verano (15 de junio al 15 de septiembre):

Lunes a Viernes: 08.00 a 13.30 horas

- Semana grande (primera completa después del primer domingo del mes de agosto):

Lunes a Viernes: 08.00 a 12.30 horas

DESCRIPCION

LICENCIAS DE APERTURA


Se trata de actos administrativos de naturaleza reglada que habilitan a quien los solicita y obtiene para la implantación de la actividad que se proyecte.

En el caso de que a tal fin se necesite la ejecución de obras en el inmueble, la licencia de obras se solicitará al mismo tiempo que la de actividad y se resolverán en un único acto administrativo.

Se aportará el proyecto correspondiente, si fuera el caso, y siempre se adjuntará un cuadro de superficies, con indicación de usos.


En la tramitación tendrá prioridad la licencia de actividad, de tal modo que si no procediese su autorización, no se entrará a resolver la de obras y así se le comunicará al solicitante
, ya que en ésta última, no tiene otra función que la de la implantación de la actividad que no sería autorizable.

Licencia de tramitación abreviada para ejercicio de actividades en régimen de comunicación previa (Grado I)

Licencia de apertura de un local en el que se desarrollen las siguientes actividades de la industria alimentaria:


- Instalación de máquinas expendedoras.

- Despacho de pan y repostería sin obrador y sin zona de degustación.

- Charcuterías sin obrador, zona de degustación ni equipos de frío superiores a 10 kw de potencia instalada.

- Fruterías, ultramarinos y otros establecimientos similares.

Licencia de apertura de un local en el que se desarrollen las siguientes actividades:

- Locutorios telefónicos.

- Estableciminetos comerciales (tiendas de ropa y calzado, objetos de regalo, floristerías, ópticas, librerías o similares) con una superficie de hasta 150 m2.

- Talleres artísticos y de reparación de relojes, joyas, calzado, llaves, pequeña maquinaria, electrodomésticos y imilares, con una superficie de hasta 150 m2.

- Almacenes de productos no tóxicos ni potencialmente inflamables, hasta 150 m2.

- Oficinas bancarias con una superficie de hasta 150 m2.

- Oficinas administrivas con una superficie de hasta 150 m2 en planta baja, primera con acceso independiente, sótano y edificio exclusivo.

- Oficinas abiertas al público (agencias de viajes, inmobiliarias, aseguradoras, gestorías), con una superficie de hasta 150 m2.
 
- Academias regladas y no regladas, excepto las de música, cante o baile, con una superficie de hasta 150 m2.

- Estudios fotográficos con una superficie de hasta 150 m2 y sin revelado en sótano y planta baja.
 
- Consultas médicas con una superficie de hasta 150 m2 y sin rayos X.

- Salones de belleza, con una superficie de hasta 150 m2 y sin rayos UVA.

- Servicio de copistería, con una superficie de hasta 150 m2.

- Alquiler de maquinaria y vahículos, con una superficie de hasta 150 m2.

Documentación solicitud:

- Impreso de solicitud: se puede recoger en la Oficina de Información y Registro del Área de Urbanismo, o desde la página web: www.coruna.es/urbanismo).

- Depósito previo (Ordenanza Fiscal nº 4).

- Planos de situación y emplazamiento del Plan General de Ordenación Municipal.

- Plano de planta a escala (preferiblemente 1:100) que refleje la distribución del local con indicación de usos, superficies y mobiliario.

- Documento acreditativo de la disponibilidad del local (contrato de arrendamiento, escritura de compra, etc.).

- Copia de alta en abligaciones tributarias en donde se señale el epígrafe fiscal propio de la actividad y el local afecto a la misma.

- Acreditación del uso del local, (nota registral simple), con el objeto de comprobar la afección del local a la actividad solicitada, en el caso de que el local no se encuentre en planta baja.

En el supuesto de sociedades:

Escritura de constitución de la sociedad.

En el caso de sociedad civil o comunidad de bienes, deberá adjuntar una relación de sus miembros con copia de sus DNI.

Licencia de tramitación abreviada para ejercicio de actividades en régimen de comunicación previa (Grado II)

Licencia de apertura de un local en el que se desarrollen las siguientes actividades de la industria alimentaria:

-  Carnicerías.

- Panaderías.

- Pescaderías.

- Establecimientos de venta de alimentos de más de 150 m2, supermercados, hipermercados, etc.

Licencia de apertura de un local en el que se desarrollen las siguientes actividades:

- Almacenes con carga de fuego de 125.000 megajulios e industrias no sujetas a evaluación ambiental.

- Establecimientos comerciales con una superficie de hasta 2.500 m2.

- Farmacias y parafarmacias con una superficie inferior a 2.500 m2.

- Talleres de reparación mecánica y lavado y engrase de vehículos, excluidos los talleres de chapa y pintura, con una superficie inferior a 300 m2.
 
- Talleres de cristal y encuadernación, con una superficie inferior a 300 m2.

- Talleres de confección de calzado, marroquinería y textil, con una superficie inferior a 300 m2.

- Carpinterías, ebanisterías y similares, con un superficie de hasta 300 m2 que no dispongan de instalaciones de pintura, barnizado o lacado.

- Lavanderías e instalaciones de limpieza en seco, con una superficie inferior a 300 m2.
 
- Estudios fotográficos con revelado, con una superficie inferior a 300 m2.

- Servicios de copistería, informáticos y centros de internet, con una superficie inferior a 300 m2.

- Salones de belleza con rayos UVA con una superficie inferior a 300 m2.

- Oficinas abiertas al público (agencias de viaje, inmobiliarias, aseguradoras, gestorías, etc), con una superficie inferior a 300 m2.
 
- Gimnasios y centros de spa.

- Alquiler de maquinaria y vehículos.

- Consultas médicas con rayos X y laboratorios.

- Centros veterinarios y tiendas de animales.

- Oficinas administrativas con una superficie de hasta 1000 m2.

- Academias de baile, música y canto y academias regladas o no regladas con una superficie superior a 150 m2.

- Centros de día, guarderías y centros de ocio infantil.

- Centros religiosos y culturales.

- Actividades de garaje y aparcamiento de vehículos excepto los de uso público y comerciales.

Documentación solicitud:

- Impreso de solicitud: se puede recoger en la Oficina de Información y Registro del Área de Urbanismo, o desde la página web: www.coruna.es/urbanismo).

- Depósito previo (Ordenanza Fiscal nº 4).

- Proyecto técnico de actividad, firmado por técnico competente, justificativo de la actividad, del establecimiento y de las instalaciones del mismo (electricidad, ventilación, protección contra incendios, accesibilidad, acústica, etc.) y ajustado a lo establecido en la normativa técnica de aplicación.

- Documento acreditativo de la disponibilidad del local (contrato de arrendamiento, escritura de compra, etc.).

- Copia del alta en obligaciones tributarias en donde se señale el epígrafe fiscal propio de la actividad y el local afecto a la misma.

- Acreditacion del uso del local (nota registral simple), con el objeto de comprobar la afección del local a la actividad solicitada, en el caso de que el local no esté en planta baja.

En el supuesto de sociedades:

Escritura de constitución de la sociedad.

* En el caso de sociedad civil o comunidad de bienes, deberá adjuntar una relación de sus miembros con copia de sus DNI.

* En el supuesto de actividades de garaje y aparcamiento, no es necesario aportar la copia del alta en obligaciones tributarias.


Licencia de apertura de actividades hosteleras:

Documentación:

- Impreso de solicitud (se puede recoger en la Oficina de Información y Registro del Área de Urbanismo, o desde la página web: www.coruna.es/urbanismo).

- Abono previo de la tasa establecida (Ordenanza Fiscal nº 3 y Ordenanza Fiscal nº 4).
- Fotocopia del alta del Impuesto de Actividades Económicas o certoficado negativo, de ser el caso.

- Plano del local a escala (preferiblemente 1:100).

- Plano de emplazamiento a escala 1:2000 tomando como base los del Plan General de Ordenación Municipal.

- Memoria descriptiva de la actividad.

- Licencia de obra, de ser el caso.

CAMBIO DE TITULARIDAD

Consiste en la transmisión por el titular de la licencia a un tercero interesado en continuar con el ejercicio de la misma actividad en el local para el cual se ha concedido.

Para ello, la licencia ha de estar vigente y la actividad ejerciéndose, debiendo ser la misma actividad y en el local de que se trate la pretendida por el adquiriente.

Licencia de tramitación abreviada para comunicación previa de transmisión de un establecimiento industrial o comercial:


Documentación:

- Impreso de solicitud (se puede recoger en la Oficina de Información y Registro del Área de Urbanismo, o bien descargarlo desde la página web: www.coruna.es/urbanismo).

- Depósito previo (Ordenanza Fiscal nº 4).

- Documento acreditativo de la disponibilidad del local (contrato de alquiler, compraventa, donación, usufructo, etc.).

- Documento firmado por el transmitente y adquiriente de conformidad con la transmisión.

- En su defecto, documentación acreditativa de la falta de disposición del local por el actual titular del acto administrativo que ampara la actividad (sentencias o autos referentes a desahucio o lanzamiento, documentos de renuncia o resolución de contratos de alquiler, declaración de fallecimiento y de herederos, etc.).

- Copia del acto administrativo que ampara el desarrollo de la actividad (licencia de apertura del anterior titular).

- Copia del documento de alta en obligaciones tributarias en cuyo epígrafe fiscal y objeto se acredite la actividad a desarrollar y la dirección del establecimiento.
 
- En el supuesto de sociedades, escritura de constitución de la misma.

- De ser una sociedad civil o una comunidad de bienes, deberá aportarse una relación de sus miembros con copia de sus DNI.

Cambio de titularidad de actividades hosteleras:

Documentación:

- Impreso de solicitud (se puede recoger en la Oficina de Información y Registro del Área de Urbanismo, o bien descargarlo desde la página web: www.coruna.es/urbanismo).

- Depósito previo (Ordenanza Fiscal nº 4).

- Concesión del anterior titular (licencia apertura).

- En los casos de fallecimiento del titular de la actividad para la obtención de la transmisión por sus herederos, bastará la copia de la declaración de fallecimiento y declaración de herederos.
 
- Para aquellos supuestos en los que el dueño del local, distinto del titular de la actividad se encontrase ante un conflicto de deshaucio, bastará la copia de la sentencia y en su caso del lanzamiento del arrendatario o precarista.

- Si los solicitantes constituyen una Sociedad Civil o Comunidad de Bienes, se hará constar el nombre de todos los socios o comuneros.

- Si el solicitante es una persona jurídica se adjuntará el documento acreditativo de la persona que la representa.

- Baja en IAE del anterior titular o acreditación por cualquier medio admisible en derecho que no ha estado cerrado por tiempo superior a 6 meses.

- Alta IAE (o declaración negativa, modelo 036).

- Contrato de arrendamiento o justificación de la propiedad.

A criterio de los técnicos se puede requerir además:

- Proyecto Técnico de adecuación de instalaciones a normativa vigente (cuando la licencia es posterior a 1998).

- En el supuesto de aquellas actividades susceptibles de producir molestias por ruidos por contar con instalaciones frigoríficas, de aire acondicionado, cortadoras, etc. (carnicerías, actividades realcionadas con la elaboración de muebles, puertas, ventanas, talleres mecánicos, relacionados con la actividad de reparación de automóviles y similares), se ha de presentar informe realizado por una empresa homologada por la Xunta de Galicia con medición acústica en el que conste que las medidas de insonorización cumplen con lo dispuesto por el Decreto 320/2002
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