DIRECCION
Ronda de Nelle 12 Bis, 2º. 15005 A Coruña Teléfono: 981 151 464 Fax: 981 152 712 Correo electrónico: xestur@xesturcoruna.com
HORARIO
- Administración:
* Invierno (16 de septiembre al 14 de junio):
Lunes a Viernes: 08.00 a 15.00 horas
* Verano (15 de junio al 15 de septiembre):
Lunes a Viernes: 08.30 a 14.30 horas
- Renta Básica de Emancipación:
Lunes a Viernes: 09.00 a 14.00 horas
DESCRIPCION
Xestur A Coruña pertence al modelo organizativo del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, constituyendo una Unidade Operativa descentralizadora de gestión productiva.
Es una empresa pública de la Comunidade Autónoma de Galicia, constituida bajo la forma jurídica de la sociedade anónima en el año 1981, en la cual participa la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de IGVS, a Consellería de Economía e Facenda e a Diputación Provincial de A Coruña.
Las actividade de Xestur A Coruña se dirigen a la promoción y gestión de solo empresarial, residencial y construcción de edificaciones en el territorio de la provincia de la A Coruña, con la finalidad de garantizar la utilización con el acuerdo del interés general.
Sus principales objetivos son:
- La elaboración de estudios urbanísticos, incluida la redacción de planos de ordenación y proyectos de urbanización, así como la iniciativa para su tramitación y aprobación.
- La adquisición y el ejercicio de actividades urbanizadores, dirigida a la preparación y realización de obras de infraestructuras, urbanización y dotación de servicios para sus equipamientos, así como cualquier otra acción precisa para la ejecución del planeamiento urbanistico.
- Promover la acción edificatorio dirigida a la realización de edificaciones e instalaciones destinadas a albergar industrias y viviendas, incluídas como sujetas al régimen de protección pública.
- La gestión y explotación de obras y servicios resultantes de la urbanización, en el caso de hacer concesión, de acuerdo a las normas aplicables en cada caso.
- Cualquier otra actividad en relación con la elaboración de estudios, redacción de proyectos y planes de ordenación, ejecución de obras, adquisición, comercialización, permuta y alleamento a título oneroso, equipamientos, viviendas y gestión y explotación de obras y servicios y cualquier otra que estime necesaria, con los límites establecidos por la legislación aplicable de la Comunidad Autónoma de Galicia y por el resto del ordenamiento jurídico..
SERVICIOS
Promoción y gestión del suelo empresarial, residencial y construcción de edificaciones en la provincia de A Coruña.
Renta Básica de Emancipación.
TITULARIDAD: Instituto Gallego de Vivienda y Suelo (IGVS).
RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN (DEROGADA)
La renta básica de emancipación es un conjunto de ayudas del Estado destinadas al apoyo para el pago del alquiler de la vivenda que constituye su domicilio habitual y permanente y tiene por objetivo facilitar la emancipación de los jóvenes.
Requisitos:
Tener una edad comprendida entre los 22 años y hasta cumplir los 30. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente. Disponer de, al menos, una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. A los efectos del cómputo de esta cantidad, se tendrán en cuenta los ingresos correspondientes al año natural. Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser extranjero no comunitario con residencia legal y permanente en España.
Normativa:
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, publicado en el BOE nº 315 del 31 de diciembre de 2011 (Disposiciones Derogatorias).
Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, publicado en el BOE nº 267 del 7 de noviembre de 2007.
Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, publicada en el BOE nº 86 del 8 de abril de 2009.
Real Decreto 1260/2010, de 8 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, publicado en el BOE nº 262 del 29 de octubre de 2010.
Orden del 26 de diciembre de 2007 por la que se regula la gestión de la renta básica de emancipación de los jóvenes en la Comunidad Autónoma de Galicia, publicada en el DOG nº 3 del 4 de enero de 2008. Corrección de errores, publicada en el BOE nº 15 del 22 de enero de 2008.
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